De cara a los festejos de fin de año, resulta importante reiterar que mediante la Ordenanza N° 8.066, el Municipio de Luján adhirió a la Ley Provincial N°15.406, la que tiene por fin la prohibición en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires de la venta al público minorista, la venta ambulante en la vía pública y el uso particular de artificios pirotécnicos y de cohetería de uso recreativo de alto impacto sonoro, cualquiera fuera su característica y naturaleza, como así también, los denominados globos aerostáticos de pirotecnia.