Mediante el Decreto N°868, el municipio de General Rodríguez exceptuó a quienes ofrencen servicio de mudanza, por la tanto podrán desarollar su tarea. En el contexto de Coronavirus, todas las mudanzas tienen por empresas o fletes autorizados para la actividad.
Los puntos fundamentales del decreto exponen la obligatoriedad del cumplimiento de las recomendaciones y protocolos establecidos por las autoridades sanitarias en el marco de la pandemia de Coronavirus. Además, el resguardando de las condiciones de higiene y seguridad destinadas a la protección de la salud de los trabajadores.
HORARIOS Y DIAS PERMITIDOS
Las mudanzas solo podrán ser llevadas adelante los días sábados y domingos en los horarios de 8 a 13 horas y de 15 a 18 horas.
TRAMITES NECESARIOS
Aquellos que quieran ofrecer los servicios de flete para este tipo de actividad deberán requerir autorización previa ante la Secretaría de Transporte del distrito.
En el caso de las personas que quieran mudarse y/o las que ofrezcan un servicio de flete deberán tramitar el “Certificado Único Habilitante para Circulación Covid-19”.
Quienes ofrezcan el servicio deberán portar además la autorización otorgada por la Secretaría de Transporte.