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Procrear: cómo son las 472 viviendas que se construyen en General Rodríguez

31/07/2023

Mauro García, a través de su cuenta de Facebook, compartió el avance de la obra de construcción de las viviendas que forman parte del Programa Procrear II en General Rodríguez.

El intendente, en un video de alrededor de 5 minutos, mostró cómo son las casas que se están construyendo como parte del Programa Procrear II. A través de las imágenes se puede observar el amplio lugar, que cuenta con una parrilla, comedor con vista al exterior, cocina y baño, en la planta baja. Al subir las escaleras, mostró el primer piso, que en este caso tiene dos habitaciones con ventanales medianos que también tendrán vista al exterior y otro baño que será el principal.

En el video, García indicó que los trabajos no se encuentran todos a la par, sino que dependen del lugar. Por ejemplo, hay casas a las que recién se les estaba colocando el piso a las habitaciones, mientras en otras se había puesto el yeso, y se estaba trabajando en la instalación eléctrica.

Al momento no se anunció aún la fecha en la que los vecinos podrán comenzar a inscribirse ni cómo será el sorteo adjudicatario para acceder a la vivienda.

Programa de Viviendas Procrear II:

El 8 de diciembre de 2021, el Intendente Mauro García anunciaba la construcción de las primeras 472 viviendas de su gestión, donde informaba que el barrio iba a ser ubicado en la calle Teresa de Calcuta 620, cerca del Hospital Vicente López y Planes.

En esa fecha, también destacó que a las viviendas podrían acceder aquellas familias que previamente se inscriban en el programa, bajo ciertos requisitos, y además serían elegidos mediante sorteo.

Luego se supo que serían 183 dúplex. Un módulo de tres ambientes con local, serán 26 unidades (6 departamentos y 20 dúplex más 2 locales) en 2 edificios. Otro con 28 unidades (8 departamentos y 20 dúplex) en 2 edificios, a estos se le sumarán 2 módulos más, uno con 35 unidades (17 departamentos y 18 dúplex) en 4 edificios y el último de 47 unidades (23 departamentos y 24 dúplex) en 1 edificio.

 En mayo del 2022, actualizaron las novedades e informaron que la inscripción se abría cuando se llegue al 60% de la construcción. En ese contexto, también habían lanzado los requisitos para aplicar para participar por el sorteo de la vivienda.

- No haber resultado beneficiado con planes de vivienda en los últimos 10 años.

- No tener, tanto el titular, como el cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios, ni como co-propietarios, al momento de iniciar el proceso de inscripción. Con excepción de los casos detallados en las Bases y Condiciones.

- Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI, Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.

- Ser argentinos o extranjeros con residencia permanente en el país.

- Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción.

- Acreditar el estado civil declarado en el formulario de inscripción, excepto el estado civil soltero.

- Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder.

- Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente –tanto el solicitante como su cónyuge o pareja conviviente– entre 2 SMVyM y 8 SMVyM. Los ingresos mínimos necesarios para acceder a una determinada vivienda podrán variar según el predio y la tipología seleccionada. De acuerdo a la información declarada en el formulario, se indicará si existen o no tipologías disponibles.

- Demostrar, como mínimo, 12 meses de continuidad laboral registrada.

- No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos 12 meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos 5 años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.

- Los participantes, al momento de completar el formulario de inscripción, podrán incluir solo un cotitular. Para el caso de los participantes de estado civil casado, el cónyuge, será considerado cotitular automáticamente.

- El titular y el cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de los siguientes vínculos y previamente registrados: matrimonio; unión convivencial o unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el titular y cotitular.

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